Disfrutar con Respeto: Normas del Parque Natural

Turismo responsable

Estimados huéspedes, debido a la preocupación por el desarrollo no sostenible de las actividades turísticas que han impactado negativamente la dinámica natural y las prácticas locales en las áreas del Parque Nacional Natural Los Corales del Rosario y de San Bernardo, especialmente en la isla Barú, donde se encuentra nuestro hotel, recomendamos el cumplimiento de esta guía con el fin de preservar la belleza única de esta región y promover un turismo responsable.

Su compromiso de respetar y cumplir las normas es esencial para preservar el medio ambiente y la biodiversidad.  ¡Disfruten su visita de manera responsable y sostenible!

Parque Nacional Natural Los Corales del Rosario y de San Bernardo

El Hotel Agua Barú hace parte del Parque Nacional Natural Los Corales del Rosario y de San Bernardo, áreas protegidas por Parques Nacionales Naturales de Colombia; razón por la cual invitamos a todos nuestros huéspedes a respetar y cumplir las normas para la preservación del medio ambiente y la biodiversidad.  

A continuación, se hace un breve recuento de algunas de las prohibiciones, limitaciones y aspectos más relevantes a tener en cuenta según las normas del decreto 1076 de 2015 y demás normas de protección para Parques Naturales y otras entidades:

JETSKI

Los jetskis, también conocidos como motos acuáticas o motos de agua utilizados para deportes acuáticos, causan daños significativos al medio ambiente y a la vida marina, así como interfieren con la tranquilidad de los visitantes y la cultura local. Además, el ruido y las emisiones de los jetski son molestos para los animales y afectan negativamente su hábitat natural. Dicha práctica es taxativamente prohibida y regulada por el Decreto 1076 de 2015.

PIROTECNIA Y FOGATAS

Queda estrictamente prohibido a particulares realizar cualquier práctica al aire libre con fuego, el uso de materiales explosivos y/o fuegos artificiales en cualquier tipo de celebración debido a su impacto en los territorios fáunicos, bosques secos tropicales y áreas protegidas. Regulado por el Decreto 1076 de 2015.

RUIDO

La generación de ruido en parques nacionales naturales está regulada para prevenir impactos negativos en la fauna y flora.

USO DE DROGAS, ALCOHOL O ARMAS

Está prohibido el consumo de drogas y el exceso de alcohol en zonas protegidas, como parques nacionales y reservas naturales, para preservar la biodiversidad y la cultura local, garantizando la seguridad de todos los visitantes.

APREHENDER ESPECIES DE FAUNA Y FLORA

La captura o compra de animales en peligro de extinción es un acto sujeto a sanciones legales, que incluyen multas y penas de prisión, con el fin de prevenir el tráfico ilegal de especies.

Sanciones, multas y arrestos

Si una persona es sorprendida realizando algunas de estas actividades, puede enfrentar multas, órdenes de trabajo comunitario, comparendos, sanciones o incluso ser arrestada. Dichas sanciones pueden estar encaminadas de acuerdo con lo dispuesto por el Código Nacional de Policía o la normativa aplicable en relación a sanciones de carácter administrativo.

Las autoridades ambientales podrán imponer alguna o algunas de las siguientes sanciones de acuerdo con las características del infractor, el tipo de infracción y la gravedad de la misma:

  • Multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • Cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio.
  • Revocatoria o caducidad de licencia ambiental, autorización, concesión, permiso o registro.
  • Demolición de obra a costa del infractor.
  • Decomiso definitivo de especímenes, especies silvestres exóticas, productos y subproductos, elementos, medios o implementos utilizados para cometer la infracción.
  • Restitución de especímenes de especies de fauna y flora silvestres.
  • Trabajo comunitario según condiciones establecidas por la autoridad ambiental.

Regulado en el Decreto 1076 de 2015 sector ambiente y desarrollo y Decreto 622 de 1977 Por el cual se reglamenta parcialmente: el capítulo V título II parte XIII del Decreto Ley 2811 de 1974 sobre Sistema de Parques Nacionales, la Ley 23 de 1973 y la Ley 2 de 1959.

Para mayor información:

Resolución número 587 de 2017 – Resolución 408 de 2015 – Plan de manejo del parque nacional natural los corales del rosario y de san bernardo (2020 – 2025). Decreto 1076 de 2015 – Ley 1801 de 2016 – Código Nacional de Policía